Vuelven los enlaces con marcos

Parecía que enlazar con marcos era una fórmula ya trasnochada, propia de los primeros años de la Web, pero el viejo vicio se resiste a morir. Al menos eso se deduce de la técnica de enlace recuperada recientemente nada menos que por Corriere.it, la edición en internet del principal diario italiano.

Con su nueva fórmula, cuando el usuario de esa publicación digital pulsa en un enlace externo, en lugar de ser conducido sin más a la dirección de destino o de abrir una nueva ventana con esa dirección, lo que se le despliega es una ventana con marcos: en el fondo se muestra el contenido de un sitio ajeno; en el marco exterior, mientras tanto, se mantiene una referencia gráfica al medio de origen. Véase:


Corriere.it, por supuesto, se cuida mucho de afirmar que la página de destino le pertenezca. Por el contrario, informa de que se trata de un sitio externo y de que el usuario puede «volver» a la web de Corriere.it si lo desea, gracias a un enlance de retorno puesto al efecto en el friso negro superior.

Sin embargo, no todo es tan limpio. Por ejemplo, la URL sí integra expresamente la página de destino en el dominio ‘www.corriere.it’. Y uno se pregunta: ¿acaso la publicación de destino –en este caso, la web del Christian Science Monitor— ha dado su permiso para ello? ¿Ha sido consultada siquiera?

De hecho, prácticas similares ya fueron objeto de condena judicial en los años noventa. Recuérdese el caso de Shetland News contra Shetland Times, reseñado por Javier Díaz Noci en nuestro reciente libro Cibermedios (pág. 293):

Para que pueda ser considerado una cita, el hipervínculo habría de ser, en nuestra opinión, un enlace de remisión, no de incorporación, es decir, no debería haber ningún tipo de apropiación como la que, por ejemplo, se produjo en el conocido caso Shetland News versus Shetland Times. El primero de los citados diarios digitales mantenía en todo momento un marco que anunciaba en la barra de estado del navegador que uno permanecía dentro de la URL de Shetland News, mientras que dentro del marco se ofrecían informaciones de Shetland Times, a las que se había llegado mediante un enlace que en ningún momento mencionaba que se trataba de informaciones ajenas, de la competencia. Un interdicto de 1997 resolvió inmediatamente que dichas actuaciones eran ilícitas, ya que se trataba de un acto de parasitismo intolerable.

La nueva fórmula de Corriere.it no reproduce exactamente la pillería del Shetland News, pues el medio italiano sí informa expresamente de que los contenidos mostrados no le pertenecen. Ahora bien, las sombras de duda sobre la buena fe de este procedimiento siguen ahí.

Lo mío, mío; y lo tuyo…, mío. ¿Legítimo?

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